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Garantías de Pólizas | IPTS
EL SEGURO DE INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL PARA POLICÍAS, BOMBEROS Y GUARDIAS CIVILES - ASEGURA TU TRABAJO

Tú, que trabajas
día a día para proteger
a los demás.

Ahora queremos protegerte a ti.

¿QUÉ ES?
Invalidez permanente absoluta

Se entiende por Invalidez Permanente Absoluta la situación física irreversible a consecuencia de accidente o enfermedad, originada con posterioridad a la fecha de alta del Asegurado en la Póliza e independientemente de su voluntad, determinante de la total inaptitud para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional y que sea determinada como tal por la Seguridad Social.

OBJETIVO

El Asegurador garantiza el pago de la prestación asegurada en el caso de que el Asegurado resulte afectado por una Invalidez Permanente Absoluta o grado superior de invalidez.

DEFINICIÓN

Se entiende por Invalidez Permanente Absoluta la situación física irreversible a consecuencia de accidente o enfermedad, originada con posterioridad a la fecha de alta del Asegurado en la Póliza e independientemente de su voluntad, determinante de la total inaptitud para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional y que sea determinada como tal por la Seguridad Social.

¿QUÉ ES?
Invalidez permanente total para la profesión habitual

Se entiende por Invalidez Permanente Total la situación física irreversible a consecuencia de accidente o enfermedad, originada con posterioridad a la fecha de alta del Asegurado en la Póliza e independientemente de su voluntad, determinante de la total inaptitud para el mantenimiento del ejercicio de todas o las fundamentales tareas de la profesión declarada en el boletín de adhesión o de una actividad similar propia de su formación y conocimientos profesionales, y que sea determinada como tal por la Seguridad Social.

Lógicamente la contratación de esta garantía complementaria incluye la indemnización por una Invalidez Permanente Absoluta, al ser ésta última de un grado inferior.

OBJETIVO

El Asegurador garantiza el pago de la prestación asegurada en el caso de que el Asegurado resulte afectado por una Invalidez Permanente Total para la profesión habitual o grado superior de invalidez.

DEFINICIÓN

Se entiende por Invalidez Permanente Total la situación física irreversible a consecuencia de accidente o enfermedad, originada con posterioridad a la fecha de alta del Asegurado en la Póliza e independientemente de su voluntad, determinante de la total inaptitud para el mantenimiento del ejercicio de todas o las fundamentales tareas de la profesión declarada en el boletín de adhesión o de una actividad similar propia de su formación y conocimientos profesionales, y que sea determinada como tal por la Seguridad Social.

Lógicamente la contratación de esta garantía complementaria Incluye la indemnización por una Invalidez Permanente Absoluta, al  ser ésta última de un grado inferior.

¿QUÉ ES?
Fallecimiento

Muerte del asegurado. Es una garantía básica y obligatoria en la póliza, no podrá contratarse la garantía Complementaria de Invalidez Permanente Absoluta ó Invalidez Profesional, sin haber contratado la garantía básica de fallecimiento.

OBJETIVO

El asegurado elije adherirse de forma voluntaria y elige entre las garantías complementarias y cuanto capital asegurado contrata.

Garantía principal :

Fallecimiento por cualquier causa se garantiza individualmente el pago del capital contratado al ocurrir el fallecimiento del asegurado, cualquiera que sea la causa.

Garantías Complementarias:

Invalidez permanente Total para la profesión habitual: se garantiza un capital en el supuesto de que el asegurado resulte afectado por una invalidez permanente total para la profesión habitual.

Invalidez Absoluta:

Se garantiza un capital en el supuesto de que el asegurado resulte afectado por una invalidez absoluta.

DEFINICIÓN

Muerte del asegurado. Es una garantía básica y obligatoria en la póliza, no podrá contratarse la garantía.

Complementaria de Invalidez Permanente Absoluta ó Invalidez Profesional, sin haber contratado la garantía

Básica de fallecimiento.